Estamos a menos de un mes para que se cumpla el plazo -13 de junio de 2023- en el que entidades públicas y privadas están obligadas a implantar un canal de información o denuncia en sus organizaciones, y dar así cumplimiento a la obligatoriedad regulada en la Ley 2/2023 de protección del denunciante.
Esta norma tiene por finalidad otorgar una protección adecuada frente a las represalias que puedan sufrir, las personas físicas que informen sobre cualquier acción u omisión que pueda constituir infracción del Derecho de la Unión Europea, infracción penal o administrativa, con especial atención en aquellas que impliquen quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.
Resulta imprescindible saber qué requisitos deben tener los sistemas de información y canales internos, así como los pasos que debes dar para su gestión.
Por eso hemos elaborado esta práctica infografía para que conozcas:
- Todos las sanciones económicas y reputacionales que se derivan de su no cumplimiento.
- Las características y medidas de seguridad que deben tener estos canales para no equivocarte en su elección.
¿Qué vas a encontrar en esta infografía?
- ¿Quién está obligado?
- ¿Qué plazo tengo?
- ¿Qué pasa si no cumplo?
- ¿Cómo actúo ante posibles “denuncias falsas?
- ¿El canal puede ser gestionado por un tercero?
- ¿Cómo deben ser los sistemas de información y canales internos?
- El procedimiento de gestión de las informaciones o denuncias explicado en 10 pasos.